IVA para profesores particulares
Las clases particulares que imparte una persona física sobre materias de enseñanza escolar o universitaria suelen estar exentas de IVA. Otro tipo de formación (por ejemplo, cursos a empresas que no cumplan los requisitos de la exención) puede llevar un 21 %.
Retención de IRPF
Si facturas a empresas o a otros autónomos, normalmente aplicas una retención de IRPF del 15 % (7 % el año en que empiezas y los dos siguientes). A particulares no se les aplica retención.
Gastos habituales que suelen ser deducibles
Siempre que estén vinculados a tu actividad y tengas factura:
- Material didáctico y libros
- Alquiler de aula
- Plataformas de videoclase
- Ordenador y tableta (se amortizan)
- Formación
- Cuota de autónomos
Cómo te ayuda Cuadred
- Llamas «alumnos» a tus clientes
- Modo «exento de IVA» en tu perfil
- Avisos de pagos pendientes
- Resumen del mes y del año
Y gratis, sin registrarte: calcula cuánto apartar para Hacienda, el total de una factura o tucuota de autónomos.
Preguntas frecuentes
¿Las clases particulares llevan IVA?
Si las da una persona física y son de materias de enseñanza escolar o universitaria, normalmente están exentas. Otros cursos pueden llevar IVA. Confírmalo con tu gestoría.
¿Tengo que darme de alta como autónomo para dar clases?
Si es una actividad habitual con la que obtienes ingresos, normalmente sí. Tu gestoría te dirá qué te corresponde según cuánto y cómo factures.
Información general según la normativa vigente en 2026. Cada caso es distinto: confírmalo con tu gestoría.