IVA para diseñadores
Los servicios de diseño llevan normalmente un 21 % de IVA. Si trabajas para clientes de fuera de España, la factura puede ir sin IVA español: consulta tu caso con la gestoría.
Retención de IRPF
Si facturas a empresas o a otros autónomos, normalmente aplicas una retención de IRPF del 15 % (7 % el año en que empiezas y los dos siguientes). A particulares no se les aplica retención.
Gastos habituales que suelen ser deducibles
Siempre que estén vinculados a tu actividad y tengas factura:
- Software y suscripciones (Adobe, Figma, fuentes…)
- Ordenador, tableta y monitor (se amortizan)
- Coworking
- Hosting y dominios
- Cursos
- Cuota de autónomos
- Gestoría
Cómo te ayuda Cuadred
- Gastos fijos automáticos para tus suscripciones
- Plazo de cobro por cliente
- Previsión de cobros de los próximos meses
- Exportación a Excel y PDF por trimestre
Y gratis, sin registrarte: calcula cuánto apartar para Hacienda, el total de una factura o tucuota de autónomos.
Preguntas frecuentes
¿Qué IVA lleva una factura de diseño gráfico?
Normalmente el 21 %. Si el cliente es una empresa o un autónomo, además restas la retención de IRPF (15 % o 7 % los primeros años).
¿Puedo deducirme el ordenador?
Si lo usas para tu actividad, sí, pero los equipos de cierto valor se amortizan en varios años en lugar de deducirse de golpe. Tu gestoría te dirá cómo hacerlo.
Información general según la normativa vigente en 2026. Cada caso es distinto: confírmalo con tu gestoría.