IVA para consultores
La consultoría lleva normalmente un 21 % de IVA. Si tienes clientes en otros países, la factura puede ir sin IVA español con requisitos específicos.
Retención de IRPF
Si facturas a empresas o a otros autónomos, normalmente aplicas una retención de IRPF del 15 % (7 % el año en que empiezas y los dos siguientes). A particulares no se les aplica retención.
Gastos habituales que suelen ser deducibles
Siempre que estén vinculados a tu actividad y tengas factura:
- Desplazamientos y alojamiento
- Comidas con clientes (con límites)
- Ordenador y móvil
- Formación y certificaciones
- Seguro de responsabilidad civil
- Coworking
- Cuota de autónomos
Cómo te ayuda Cuadred
- Previsión de cobros por plazo de cada cliente
- Retenciones acumuladas del año
- Previsión orientativa del 303 y el 130
- Exportación trimestral
Y gratis, sin registrarte: calcula cuánto apartar para Hacienda, el total de una factura o tucuota de autónomos.
Preguntas frecuentes
¿Qué retención aplica un consultor autónomo?
Si factura a empresas o autónomos españoles, normalmente el 15 % (7 % los primeros años).
¿Puedo deducirme las comidas con clientes?
Pueden ser deducibles si están vinculadas a tu actividad, se pagan con medios electrónicos y tienen factura, con límites. Pregunta a tu gestoría los requisitos actuales.
Información general según la normativa vigente en 2026. Cada caso es distinto: confírmalo con tu gestoría.