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Gastos deducibles de un autónomo: lista clara y sin mitos (2026)

19 de octubre de 2026 · normativa revisada en octubre de 2026 · por el equipo de Cuadred

Deducir bien los gastos es la forma más sencilla de pagar menos impuestos sin arriesgarte. Esta es la lista de los gastos habituales, los tres requisitos que pide Hacienda y los casos con letra pequeña.

Los tres requisitos para que un gasto sea deducible

Hacienda no tiene una lista cerrada de gastos: tiene tres condiciones. Un gasto es deducible cuando cumple las tres a la vez:

  1. Está vinculado a tu actividad. Lo necesitas para trabajar. Una camilla si eres fisio, un portátil si diseñas, la gestoría que te lleva los papeles.
  2. Está justificado. Tienes factura completa a tu nombre y con tu NIF. Un ticket de supermercado o un cargo en el banco, por sí solos, no suelen bastar.
  3. Está registrado. Apuntado en tus libros de ingresos y gastos, que es justo lo que haces al llevarlos en una app o una hoja de cálculo.

Si un gasto cumple las tres, se deduce. Si cojea en alguna, Hacienda puede rechazarlo si te revisa.

Lista de gastos habituales de un autónomo de servicios

  • Cuota de autónomos (RETA). Deducible al 100 % en el IRPF. No lleva IVA.
  • Gestoría y asesoría.
  • Software y suscripciones: facturación, diseño, nube, correo profesional…
  • Material de trabajo: desde el material de consulta hasta la papelería.
  • Equipos (ordenador, cámara, camilla…): si tienen un valor relevante no se deducen de golpe, se amortizan en varios años. Tu gestoría te dirá el porcentaje.
  • Alquiler del local, consulta o coworking.
  • Teléfono e internet: la línea dedicada a la actividad. Una línea mixta personal y profesional es de las que Hacienda más discute.
  • Formación relacionada con tu actividad, y libros o revistas profesionales.
  • Seguros profesionales: responsabilidad civil, el del local o el equipo. El seguro de salud tiene un tratamiento propio con límites por persona.
  • Colegio profesional cuando la colegiación es obligatoria, y cuotas de asociaciones.
  • Publicidad y web: anuncios, dominio, hosting, tarjetas.
  • Comisiones bancarias de la cuenta de la actividad y de los cobros con tarjeta.
  • Desplazamientos profesionales: transporte público, tren o avión, peajes y aparcamiento, con factura y motivo profesional.

Los tres casos con letra pequeña

Trabajar desde casa

Si trabajas en tu vivienda y se lo comunicas a Hacienda en tu alta (modelo 036/037), puedes deducir suministros (luz, agua, internet) en un porcentaje: el 30 % de la parte proporcional de la casa que dedicas a trabajar. Por ejemplo, si usas el 20 % de la casa, deduces el 30 % del 20 % = el 6 % de la factura. Los gastos de la propiedad (IBI, comunidad, hipoteca) siguen otra regla proporcional. Hazlo con tu gestoría: es de lo más revisado.

El coche

La regla general en IRPF es dura: el coche solo es deducible si se dedica en exclusiva a la actividad, algo que un autónomo de servicios rara vez puede demostrar (es distinto para transportistas, repartidores, comerciales o autoescuelas). En IVA sí suele admitirse deducir el 50 % del IVA del combustible y los gastos del vehículo. Es decir: puedes estar deduciendo la mitad del IVA de la gasolina y, a la vez, nada en el IRPF. En Cuadred puedes reflejarlo con el porcentaje deducible de cada gasto.

Comidas y dietas

Las comidas en desplazamiento profesional son deducibles con límites (unos 26,67 € al día en España, el doble si duermes fuera) y requisitos estrictos: pagarlas con tarjeta u otro medio electrónico, en establecimientos de hostelería y en día laborable por motivo de trabajo. La comida del día a día en el bar de debajo de casa, no.

Errores que conviene evitar

  • Deducir sin factura. Guarda la factura, no solo el ticket, y pide siempre factura con tu NIF en compras grandes.
  • Pasar gastos personales. Es la vía más corta a una revisión con sanción.
  • No apuntar gastos pequeños. La gestoría, el software, el móvil… suman cientos de euros al año que mucha gente olvida deducir.
  • Olvidar la amortización. Un ordenador de 1.500 € no se deduce entero el año de la compra.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me ahorro por cada gasto deducible? Depende de tu tipo en el IRPF, pero como idea: cada 100 € de gasto deducible reducen tu rendimiento en 100 €, y además, si estás en régimen general de IVA, recuperas el IVA soportado.

¿Puedo deducir gastos anteriores a darme de alta? Algunos gastos de los meses previos pueden deducirse si estaban destinados a la actividad. Guárdalo todo y pregunta a tu gestoría.

¿Qué pasa si Hacienda rechaza un gasto? Pagarás la diferencia con intereses y, según el caso, una sanción. Por eso la regla práctica es: deduce todo lo que puedas defender, y nada que no puedas.


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Información general según la normativa vigente en el momento de la revisión. No es asesoramiento fiscal: tu caso concreto, siempre con tu gestoría.

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